El periodo de solicitud de ayudas estará abierto hasta el próximo 19 de abril y la cuantía de la subvención que percibirá cada beneficiario será de hasta un máximo de 2.750€

El Ayuntamiento de Santiago del Teide comunica que hasta el próximo 19 de abril estará abierto el plazo para solicitar ayudas destinadas al sector primario del municipio que pretenden ser un instrumento eficaz tanto para incrementar e impulsar el desarrollo de actividades en el sector como para apoyar la actividad ya existente, proporcionándole y favoreciendo el funcionamiento óptimo para su crecimiento y continuidad.

Para tal fin, el ayuntamiento ha destinado una partida presupuestaria de 60.000€ siendo la cuantía que percibirá cada
beneficiario de un mínimo de 500,00€ y un
máximo de 2.750,00€.

Podrán concurrir a esta convocatoria las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividad en el sector primario y acrediten los siguientes requisitos generales:

– Estar inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes del municipio de Santiago del Teide mínimo SEIS MESES antes de la publicación de las presentes bases y ejercer la actividad en este municipio.

– Tener la sede social de la Entidad en el municipio de Santiago del Teide (entidad con personalidad jurídica).

– Los beneficiarios/as deberán estar al corriente en sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, Hacienda Pública Estatal y Autonómica y Tesorería Municipal y no estar incursos en ninguna de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto aportarán Declaración responsable.

– Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y en los respectivos regímenes especiales de la Seguridad Social.

– Haber justificado las ayudas económicas recibidas con anterioridad por el Ayuntamiento de la Villa Histórica de Santiago del Teide.

Podrán ser objeto de subvención las inversiones destinadas a mejorar el desarrollo de la actividad basadas en la mejora de su funcionamiento a través del uso de energías renovables (bienes no inventariables), todas aquellas inversiones que fomenten la sostenibilidad, la eficiencia energética y que impliquen el avance y crecimiento de la actividad, tales como la instalación de sistemas de ahorro de agua y de energía (no inventariable), las prácticas ecológicas en cada uno de los sectores, los gastos de prevención de riesgos laborales, material informático (no inventariable) y un sinfín de gastos que se encuentran dentro de las bases reguladoras de estas ayudas.

Toda la información relativa a las mismas(modelo de solicitud, bases de la convocatoria y demás) se encuentra disponible en el siguiente enlace:

https://sede.santiagodelteide.es/publico/edictos/2024000020

 

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